Publicidad de influencers en Perú: competencia desleal, regulación, casos y jurisprudencia de Indecopi
Guía jurídica y académica para creadores de contenido, empresas, agencias, abogados y estudiantes: canjes, publicidad encubierta, veracidad, testimoniales, sanciones, jurisprudencia y estándares internacionales.
Índice de contenidos
- Cuándo una publicación es publicidad
- Test en 60 segundos
- MRPI-5
- Marco jurídico peruano
- Autenticidad y publicidad encubierta
- Modelo 4C
- Veracidad
- Publicidad testimonial
- Otros actos desleales
- Sectores regulados
- Responsabilidad
- Jurisprudencia
- 20 casos
- Derecho comparado
- Influencers virtuales e IA
- Sanciones
- Checklist
- Preguntas de investigación
- Biblioteca jurídica
1. ¿Cuándo una publicación de un influencer puede considerarse publicidad?
El análisis comienza distinguiendo una recomendación verdaderamente espontánea de una comunicación inserta en una estrategia comercial. La Guía de Publicidad para Influencers de Indecopi utiliza la noción de conexión material para describir la relación entre marca e influencer cuando existe pago o contraprestación, incluyendo compensación monetaria, descuentos y bienes o servicios gratuitos. La propia guía define la publicidad de influencers por su función promocional y por el vínculo que la origina.
La consecuencia es importante: no debe equipararse “publicidad” con “transferencia bancaria”. Un hospedaje, una cena, un producto, un viaje, un código de afiliación o una relación de embajador pueden revelar un interés comercial susceptible de alterar la valoración que el público realiza sobre la recomendación.
Pago, canje, regalos y afiliación
Cuando existe una contraprestación explícita, el caso suele ser claro. Los escenarios más difíciles aparecen con regalos no solicitados, productos enviados sin obligación formal de publicar y relaciones de largo plazo entre marca y creador. En esos casos se debe reconstruir la realidad económica de la relación: quién inició el contacto, qué recibió el creador, qué esperaba la marca, si hubo instrucciones, si existe habitualidad y si el contenido procura promover contratación o transacciones.
2. Test: ¿lo que voy a publicar podría ser publicidad?
Compruébalo en 60 segundos
Herramienta educativa. No sustituye el análisis jurídico ni constituye criterio oficial de Indecopi.
3. MRPI-5: Matriz de Riesgo Publicitario de Influencers
La MRPI-5 es una sistematización académica propia para ordenar la revisión preliminar de campañas. No constituye metodología oficial de Indecopi.
¿Qué recibe el influencer y por qué?
¿El público reconoce el contenido como publicidad?
¿Existen afirmaciones objetivas comprobables?
¿Hay reglas especiales?
¿Existen menores u otros grupos especialmente sensibles?
| Dimensión | 0 | 1 | 2 |
|---|---|---|---|
| Conexión | ninguna identificable | indirecta o dudosa | pago, canje o beneficio directo |
| Autenticidad | publicidad evidente | identificación ambigua | apariencia espontánea sin identificación |
| Veracidad | sin claims objetivos | claims generales | claims comprobables/sensibles |
| Sector | general | obligaciones adicionales | restricciones intensas |
| Público | adulto | mixto | menores/vulnerables |
Lectura orientativa: 0–3 riesgo preliminar menor; 4–6 requiere revisión; 7–10 revisión jurídica/compliance previa recomendable. La puntuación no determina por sí misma una infracción.
4. Marco jurídico peruano
En el Perú no existe una única “ley de influencers”. Las prácticas publicitarias digitales pueden quedar comprendidas en el Decreto Legislativo N.° 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal, en la Ley N.° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor y en las reglas sectoriales aplicables al producto o servicio promocionado. Los Lineamientos de Indecopi desarrollan criterios relativos a engaño, autenticidad, denigración, comparación, equiparación, legalidad y responsabilidad de los agentes que intervienen en la publicidad.
| Fuente | Función en el análisis | Ejemplo |
|---|---|---|
| DL 1044 | Régimen general de competencia desleal y publicidad comercial | engaño, autenticidad, denigración, legalidad |
| Ley 29571 | Protección de derechos de consumidores | información, idoneidad y prácticas de consumo |
| Normativa sectorial | Exigencias o prohibiciones adicionales | apuestas, salud, alimentos, alcohol |
| Guías y lineamientos | Orientación y sistematización de criterios administrativos | conexión material, disclosure, roles |
5. Principio de autenticidad: cuando la publicidad parece una opinión personal
El problema característico del influencer marketing es que la comunicación comercial puede adoptar la forma de una recomendación personal, una story cotidiana, un tutorial o entretenimiento. El artículo 16 del DL 1044 protege la posibilidad de que el destinatario reconozca claramente la publicidad como tal. Los Lineamientos explican la prohibición de publicidad encubierta y utilizan como referencia casos difundidos mediante redes sociales.
En marzo de 2025, Indecopi comunicó oficialmente una decisión de primera instancia, Resolución N.° 013-2025/CCD-INDECOPI, sobre historias de Instagram vinculadas a una plataforma de juego a distancia. La comunicación institucional indicó que la Comisión apreció infracciones a autenticidad y legalidad. Esto confirma que el enforcement peruano ya analiza formatos efímeros propios de redes sociales.
6. Modelo 4C de Transparencia Publicitaria
Para traducir las reglas de transparencia a una herramienta operativa se propone el Modelo 4C, elaborado a partir del marco peruano y de estándares comparados.
El lenguaje debe ser comprensible para el público al que se dirige.
La identificación debe ser suficientemente visible y difícil de pasar por alto.
La advertencia debe aparecer vinculada al mensaje promocional, no escondida en otro lugar.
Debe adaptarse al formato: post, story, reel, live, podcast, afiliación o contenido virtual.
La FTC, la Comisión Europea, ASA/CAP, SERNAC y el informe APEC 2025 convergen funcionalmente en que la eficacia del disclosure depende de su capacidad real para hacer reconocible la relación comercial. No todas las jurisdicciones utilizan la misma terminología ni imponen idénticas reglas; por ello, el modelo es una sistematización, no una norma jurídica.
7. Principio de veracidad: identificar la publicidad no basta
Una pieza perfectamente identificada como “Publicidad” puede continuar siendo ilícita si induce a error. La Guía de Indecopi recuerda que, antes de difundir mensajes sobre características comprobables, el anunciante debe contar con pruebas que sustenten su veracidad. El análisis debe diferenciar expresiones subjetivas (“me gusta”) de afirmaciones objetivas (“reduce el colesterol 30 %”, “elimina 90 % de manchas”, “dura 48 horas”).
8. Publicidad testimonial: la experiencia debe existir
El influencer marketing se apoya en credibilidad y experiencia. La LRCD y la Guía de Indecopi tratan la publicidad testimonial y señalan que las afirmaciones testimoniales sujetas al régimen de veracidad deben corresponder a experiencias auténticas y recientes. La Resolución N.° 0162-2018/CCD-INDECOPI, citada por la guía, ilustra la exigencia de respaldo de testimonios.
Esto genera dos preguntas diferentes: (i) ¿la persona realmente utilizó el producto y tuvo la experiencia narrada?; y (ii) ¿los efectos objetivos que atribuye al producto están sustentados? Ambas preguntas pueden coexistir en una misma campaña.
9. El influencer también puede intervenir en otros actos de competencia desleal
Reducir el tema a “poner #Publicidad” empobrece el análisis. El contenido difundido por un creador puede plantear cuestiones de engaño, denigración, comparación, equiparación, explotación de reputación ajena y legalidad, según la conducta y la finalidad concurrencial.
La Resolución N.° 084-2025/CCD-INDECOPI —disponible mediante una copia pública del documento— analizó expresiones difundidas en TikTok que ponían en duda la autenticidad de productos comercializados por un tercero, dentro de un procedimiento por denigración. Para uso académico conviene distinguir esta copia de una fuente alojada oficialmente por Indecopi.
10. Sectores regulados: una segunda capa de cumplimiento
Las campañas de apuestas, salud, alimentos, alcohol y otros mercados pueden quedar sujetas a reglas adicionales. En junio de 2026, Indecopi informó que las casas de apuestas a distancia y quienes difundan sus contenidos publicitarios deben observar la advertencia relativa al riesgo de ludopatía; la entidad indicó que entre marzo y junio de 2026 se iniciaron 13 investigaciones preliminares por publicidad difundida en plataformas digitales.
El ejemplo muestra una estructura de cumplimiento acumulativa: la publicidad debe poder ser reconocida y, además, debe cumplir las reglas sectoriales. Un hashtag no corrige por sí solo la ausencia de advertencias obligatorias o la promoción de un producto cuya publicidad esté restringida.
11. ¿Quién responde: influencer, anunciante o agencia?
La respuesta depende del rol material de cada interviniente. El anunciante puede definir el objetivo y beneficiarse de la promoción; el influencer puede actuar como medio de difusión, testigo, creador del mensaje, agencia o anunciante de sus propios productos; y una agencia puede diseñar o coordinar la campaña. La LRCD distribuye responsabilidades según la infracción y el rol.
La Resolución N.° 124-2020/CCD-INDECOPI es especialmente útil: la literatura peruana y los Lineamientos refieren que el creador fue considerado medio de comunicación social por difundir la publicidad desde su cuenta de Instagram y también agencia de publicidad por intervenir en el diseño del anuncio. Una investigación de Yhadira Quispe Carrasco (PUCP) propone precisar cuándo la intervención creativa relevante permite atribuir responsabilidad como agencia.
12. Jurisprudencia y actuaciones peruanas para estudiar
124-2020/CCD-INDECOPI
documentada en fuentes Indecopi/doctrinaEjes: Instagram, autenticidad, adecuación social, influencer como medio y agencia.
Utilidad: roles y responsabilidad dentro de la cadena publicitaria.
0162-2018/CCD-INDECOPI
citada por Guía IndecopiEje: publicidad testimonial.
Utilidad: experiencia auténtica y reciente y valor del sustento probatorio.
013-2025/CCD-INDECOPI
comunicada oficialmente por IndecopiEjes: 47 historias de Instagram, autenticidad y legalidad en publicidad de juego.
Nota: usar la resolución íntegra para análisis de ratio y estado procesal cuando esté disponible en repositorio oficial.
084-2025/CCD-INDECOPI
copia pública, no alojamiento oficialEje: expresiones en TikTok y denigración.
Utilidad: demostrar que el fenómeno excede la publicidad encubierta.
022-2026/CCD-INDECOPI
copia pública, no alojamiento oficialEje: incumplimiento de requerimiento de información.
Utilidad: importancia probatoria de identificar al anunciante detrás de una campaña.
199-2025/CCD-INDECOPI
referenciada en 022-2026Eje: identificación del eventual anunciante y consecuencias de información incompleta.
Nota: no usar como autoridad principal sin texto oficial o copia íntegra controlada.
Criterio editorial de esta guía: las fuentes oficiales tienen prioridad. Cuando solo existe una copia pública no alojada en Indecopi, se identifica expresamente para evitar presentar su procedencia como oficial.
13. Veinte casos prácticos: ¿publicidad, recomendación o acto desleal?
Abra cada caso. La respuesta es deliberadamente preliminar: permite trabajar hechos, norma aplicable, evidencia y atribución de responsabilidad.
Caso 1 Compra propia y recomendación espontánea Bajo
Situación. Una creadora compra un restaurante con sus propios recursos y publica que le gustó.
Análisis jurídico preliminar. Determinar si existe finalidad concurrencial y conexión material. Si no existe relación con el negocio, no debe presumirse automáticamente publicidad contratada.
Eje: Conexión
Caso 2 Cena gratis a cambio de una story Alto
Situación. El restaurante ofrece una cena sin costo a cambio de una historia en Instagram.
Análisis jurídico preliminar. Existe una contraprestación en especie vinculada a la difusión. Debe analizarse como contenido publicitario y su identificación.
Eje: Conexión + autenticidad
Caso 3 Regalo no solicitado Medio
Situación. Una marca envía un producto sin acuerdo previo y la influencer decide mostrarlo.
Análisis jurídico preliminar. Debe diferenciarse un regalo completamente espontáneo de una práctica integrada a una estrategia promocional. La transparencia de la relación sigue siendo un elemento de riesgo.
Eje: Conexión
Caso 4 Hotel por tres reels Alto
Situación. Un hotel ofrece dos noches de alojamiento a cambio de tres reels.
Análisis jurídico preliminar. Canje de servicios por exposición: existe contraprestación y una finalidad promocional evidente.
Eje: Conexión + autenticidad
Caso 5 Pago directo Alto
Situación. Una empresa paga S/ 500 por una publicación.
Análisis jurídico preliminar. Caso típico de comunicación comercial remunerada. La naturaleza publicitaria debe ser reconocible.
Eje: Autenticidad
Caso 6 Código con comisión Alto
Situación. El influencer obtiene un porcentaje de cada venta generada por su código.
Análisis jurídico preliminar. Modelo de afiliación. La conexión económica puede afectar cómo el consumidor valora la recomendación.
Eje: Conexión + autenticidad
Caso 7 Giveaway patrocinado Alto
Situación. La marca entrega el premio y fija condiciones del sorteo.
Análisis jurídico preliminar. La actividad promociona a la empresa; además deben revisarse las reglas aplicables a promociones y la información ofrecida.
Eje: Autenticidad + legalidad
Caso 8 Unboxing de producto gratuito Medio/Alto
Situación. El creador recibe gratuitamente un teléfono y publica un unboxing.
Análisis jurídico preliminar. La recepción gratuita es un dato relevante para valorar la conexión material; debe analizarse la claridad de la identificación publicitaria.
Eje: Conexión + autenticidad
Caso 9 #Publicidad escondido Alto
Situación. La palabra #Publicidad aparece después de veinte hashtags.
Análisis jurídico preliminar. El problema no se resuelve por la mera presencia formal de una etiqueta: debe valorarse si es clara, visible y difícil de pasar por alto.
Eje: Autenticidad
Caso 10 Story sin identificación Alto
Situación. Una story patrocinada presenta el producto como recomendación personal.
Análisis jurídico preliminar. Puede impedir que el destinatario reconozca claramente la naturaleza publicitaria del contenido.
Eje: Autenticidad
Caso 11 “Me encanta” Bajo/Medio
Situación. La influencer afirma simplemente que un perfume “me encanta”.
Análisis jurídico preliminar. Predomina una apreciación subjetiva; aun así, debe ser verdadera si se presenta como experiencia testimonial.
Eje: Veracidad
Caso 12 “Elimina 90 % del acné” Alto
Situación. Se afirma un porcentaje concreto de eficacia.
Análisis jurídico preliminar. Alegación objetiva y comprobable; exige sustento previo conforme al principio de veracidad.
Eje: Veracidad
Caso 13 Experiencia inexistente Alto
Situación. El influencer dice que probó durante un mes un producto que nunca utilizó.
Análisis jurídico preliminar. Problema directo de autenticidad de la experiencia testimonial y potencial engaño.
Eje: Testimonial
Caso 14 Filtro cosmético Alto
Situación. Un filtro digital exagera visualmente el resultado de una crema.
Análisis jurídico preliminar. El efecto visual puede integrar el mensaje publicitario e inducir a error sobre resultados comprobables.
Eje: Veracidad
Caso 15 Pérdida de peso Muy alto
Situación. Se atribuye una pérdida de ocho kilos a un producto.
Análisis jurídico preliminar. Afirmación de eficacia sensible que exige análisis de sustento, testimonial y regulación sectorial.
Eje: Veracidad + sector
Caso 16 Ataque a competidor Alto
Situación. Un influencer patrocinado afirma que los productos rivales “son réplicas”.
Análisis jurídico preliminar. Además del disclosure, puede activarse el régimen de denigración y la exigencia de exactitud, veracidad y pertinencia.
Eje: Denigración
Caso 17 Comparación de smartphones Medio
Situación. Compara duración de batería de dos equipos usando una prueba reproducible.
Análisis jurídico preliminar. La comparación puede ser lícita si se apoya en información verdadera, exacta y pertinente; requiere revisar el método y mensaje global.
Eje: Comparación
Caso 18 Apuestas deportivas Muy alto
Situación. Promueve una casa de apuestas en un reel.
Análisis jurídico preliminar. Debe identificarse la publicidad y cumplirse la regulación sectorial, incluidas advertencias obligatorias y protección de menores.
Eje: Legalidad sectorial
Caso 19 Audiencia adolescente Muy alto
Situación. Campaña de alimento o apuesta dirigida a una audiencia mayoritariamente menor.
Análisis jurídico preliminar. La vulnerabilidad del público intensifica el riesgo y puede activar prohibiciones o exigencias adicionales.
Eje: Público + sector
Caso 20 Influencer virtual con IA Muy alto
Situación. Un avatar generado por IA dice: “lo probé durante 20 días”.
Análisis jurídico preliminar. La supuesta experiencia personal es imposible en sentido literal; deben analizarse veracidad, testimonial, identificación del carácter virtual y atribución de responsabilidad.
Eje: IA + testimonial
14. Matriz comparada: Perú, Estados Unidos, Unión Europea, Reino Unido, Chile, Colombia y España
| Variable | Perú | EE. UU. | UE | Reino Unido | Chile | Colombia | España |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Conexión/relación comercial | Conexión material en guía; análisis LRCD | Material connection | Relación comercial / trader | Pago, control y affiliate marketing según contexto | Contraprestación y vínculo comercial | Relación entre anunciante e influenciador | Comunicación comercial y régimen audiovisual para UER |
| Regalos/canjes | Relevantes | Incluidos expresamente | Relevantes | Relevantes | Incluidos | Contemplados por guía | Depende de régimen aplicable |
| Identificación | Principio de autenticidad | Clear and conspicuous | Reconocible y transparente | Obviously identifiable | Clara y destacada | Recomendación clara | Dentro del contenido audiovisual para UER según CNMC |
| Testimoniales | Experiencia auténtica/reciente | Honest experience + substantiation | Prácticas comerciales / consumer law | CAP/consumer law | Veracidad | Protección al consumidor | Reglas generales y sectoriales |
| Menores | Normativa general + sectorial | Especial atención | Especial atención | Protección reforzada | Buenas prácticas y protección | Protección del consumidor | Obligaciones audiovisuales específicas para UER |
Vista móvil: comparación de dos columnas para evitar desplazamiento horizontal.
La tabla es funcional y comparativa. No implica equivalencia conceptual entre categorías jurídicas de sistemas distintos.
15. Influencers virtuales e inteligencia artificial
El problema jurídico se intensifica cuando el “influencer” es un personaje sintético. La orientación ASA/CAP actualizada en agosto de 2026 contempla la posibilidad de personas o personajes producidos virtualmente dentro del fenómeno influencer. La investigación académica reciente ya estudia disclosure en virtual influencers y el uso de IA en influencer marketing.
Un caso límite ilustra el problema: un avatar generado por IA afirma “probé esta crema durante veinte días”. Aunque el carácter publicitario se identifique, subsiste la pregunta sobre la veracidad de una experiencia que no puede haber ocurrido físicamente. La discusión futura deberá separar transparencia comercial, transparencia sobre la naturaleza sintética y autenticidad testimonial.
16. Sanciones y medidas correctivas
La Guía de Indecopi explica que las infracciones publicitarias pueden ser sancionadas con amonestación o multa dentro de los límites del DL 1044, con un máximo legal de hasta 700 UIT en los supuestos correspondientes. También pueden dictarse medidas correctivas como cese de publicidad, rectificación o publicación de la resolución. El máximo no debe presentarse como una multa automática para cualquier influencer.
17. Checklist antes de publicar una campaña
- Identificar qué recibe el influencer y la razón de la entrega.
- Conservar contrato, correos, brief, guion y aprobaciones.
- Determinar si la comunicación tiene finalidad promocional.
- Comprobar que el carácter publicitario sea reconocible antes o junto con el contenido.
- Aplicar las 4C: clara, conspicua, contigua y contextual.
- Separar opiniones subjetivas de claims objetivos.
- Conservar pruebas de sustento antes de difundir claims comprobables.
- Verificar que una experiencia testimonial sea auténtica y reciente.
- Revisar la normativa sectorial.
- Evaluar la presencia de menores o audiencia vulnerable.
- Revisar comparaciones y referencias a competidores.
- Guardar evidencia de la versión efectivamente publicada.
18. Preguntas para estudiantes, tesis y artículos
- ¿El principio de autenticidad exige siempre acreditar una contraprestación o puede operar mediante otros indicios de finalidad concurrencial?
- ¿Debe aplicarse el mismo estándar de identificación a un post estático, una story de seis segundos y una transmisión en vivo?
- ¿Cuándo el influencer debe ser tratado como medio de comunicación social y cuándo como agencia de publicidad?
- ¿Qué evidencia debe exigirse para acreditar una relación publicitaria verbal o tácita?
- ¿La etiqueta nativa de una plataforma debe generar alguna presunción de cumplimiento?
- ¿Cómo debe tratarse el affiliate marketing bajo la LRCD?
- ¿Qué régimen debería aplicarse a influencers menores de edad?
- ¿Puede existir publicidad testimonial jurídicamente atribuible a un influencer virtual?
- ¿Cómo interactúan publicidad encubierta y algoritmos de recomendación?
- ¿Perú necesita legislación especial o mayor predictibilidad interpretativa y enforcement bajo el DL 1044?
19. Cómo citar esta guía
APA 7: Trujillo Pajuelo, M. L. (2026). Publicidad de influencers en Perú: competencia desleal, regulación, casos y jurisprudencia de Indecopi. Michael Lincold Trujillo Pajuelo.
Versión: 1.0 · Publicación: agosto de 2026 · Última revisión jurídica: 16 de agosto de 2026.
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20. Biblioteca jurídica y científica para profundizar
La selección prioriza normas, autoridades regulatorias, literatura jurídica peruana y estudios científicos revisados por pares. Las resoluciones alojadas fuera de un dominio oficial están expresamente identificadas como copias públicas.
Perú: normas, Indecopi, jurisprudencia y doctrina (17)
- Perú — fuente primaria Perú. Decreto Legislativo N.° 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal. Fuente ↗
- Perú — fuente primaria Perú. Ley N.° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. Fuente ↗
- Perú — Indecopi Indecopi. Lineamientos sobre Competencia Desleal y Publicidad Comercial, Resolución N.° 001-2021-LIN-CCD/INDECOPI. Fuente ↗
- Perú — Indecopi Indecopi. Guía de Publicidad para Influencers. Segunda edición digital, 2024. Fuente ↗
- Perú — Indecopi Indecopi. Vigilancia contra la publicidad encubierta y engañosa en redes sociales, 31 de marzo de 2025. Fuente ↗
- Perú — Indecopi Indecopi. Mundial 2026: casas de apuestas a distancia e influencers deben advertir sobre riesgo de ludopatía, 19 de junio de 2026. Fuente ↗
- Perú — jurisprudencia Resolución N.° 124-2020/CCD-INDECOPI, citada y desarrollada en los Lineamientos de Indecopi y en Aramayo & Vega. Fuente ↗
- Perú — jurisprudencia Resolución N.° 0162-2018/CCD-INDECOPI, publicidad testimonial, citada en la Guía de Publicidad para Influencers. Fuente ↗
- Perú — jurisprudencia Resolución N.° 013-2025/CCD-INDECOPI, caso difundido oficialmente por Indecopi sobre Instagram, autenticidad y legalidad. Fuente ↗
- Perú — jurisprudencia (copia pública) Resolución N.° 084-2025/CCD-INDECOPI, actos de denigración en TikTok. Copia pública del documento. Fuente ↗
- Perú — jurisprudencia (copia pública) Resolución N.° 022-2026/CCD-INDECOPI, incumplimiento de requerimiento de información en investigación publicitaria. Copia pública. Fuente ↗
- Perú — jurisprudencia relacionada Resolución N.° 199-2025/CCD-INDECOPI, mencionada en la Resolución N.° 022-2026/CCD-INDECOPI. Fuente ↗
- Perú — doctrina Aramayo Baella, A. & Vega Talledo, A. B. Últimas tendencias en publicidad digital a la luz de la casuística sobre publicidad en medios digitales. Fuente ↗
- Perú — doctrina Díaz-Valdez, A. Influencers e INDECOPI: el problema de la solución a la publicidad encubierta. Advocatus, 39. Fuente ↗
- Perú — doctrina Sosa Huapaya, A. ¿Qué hacer con los influencers? Advocatus, 39. Fuente ↗
- Perú — investigación Quispe Carrasco, Y. B. La figura del influencer en la publicidad testimonial: propuesta interpretativa sobre su calificación como agencia y régimen de responsabilidad. PUCP. Fuente ↗
- Perú — investigación Zavaleta Camus, M. A. & Rodríguez Monzón, Y. L. La publicidad digital de los influencers y la vulneración al derecho de autor en el Perú. Derecho UCT, 2025. Fuente ↗
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21. Política de actualización
Esta página debe tratarse como un recurso vivo. Se recomienda revisar trimestralmente nuevas resoluciones de la Comisión y la Sala, cambios en normativa sectorial, nuevas actuaciones de Indecopi, FTC, Comisión Europea, ASA/CAP, SERNAC, SIC y CNMC, y literatura científica especialmente sobre disclosure, menores e influencers virtuales.
Historial: versión 1.0 — 16 de agosto de 2026: integración de Guía Indecopi 2024, Lineamientos, actuaciones 2025–2026, jurisprudencia seleccionada, MRPI-5, Modelo 4C, 20 casos y corpus comparado.