
Introducción:
La potestad sancionadora administrativa desempeña un papel crucial en el sistema jurídico peruano, permitiendo a las entidades administrativas imponer sanciones por el incumplimiento de normas y proteger el interés público. En base al artículo 248 de la Ley del Procedimiento Administrativo General (N° 27444), se establecen principios fundamentales que deben respetarse en el ejercicio de esta potestad. En este artículo, analizaremos en detalle estos principios para garantizar la justicia y la proporcionalidad en el ámbito de la potestad sancionadora administrativa en el Perú.

Principio de Legalidad: Garantía de la Seguridad Jurídica y Delimitación del Poder Sancionador
El principio de legalidad, consagrado en el artículo 248 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la potestad sancionadora solo puede ser atribuida a las entidades administrativas mediante normas con rango de ley. Esto garantiza la seguridad jurídica y protege los derechos fundamentales de los ciudadanos, asegurando que las sanciones sean proporcionales y estén respaldadas por una base legal sólida.
Caso práctico:
En un caso reciente, una entidad administrativa impuso una sanción a un comerciante por operar sin contar con los permisos correspondientes. Sin embargo, la normativa vigente en ese momento no establecía de manera clara los requisitos necesarios para obtener dichos permisos. En consecuencia, se consideró que la sanción era inválida, ya que no existía una norma de rango legal que respaldara dicha imposición.

Principio del Debido Procedimiento: Proceso Justo y Garantía de las Partes
El principio del debido procedimiento, también contemplado en el artículo 248, asegura que las sanciones administrativas se impongan después de haber seguido el procedimiento correspondiente. Esto incluye el respeto a las garantías procesales de los administrados, la separación clara entre la fase instructora y la sancionadora, y la garantía de imparcialidad y objetividad en la toma de decisiones.
Caso práctico:
En un caso relevante, se impuso una sanción a un administrado sin brindarle la oportunidad de presentar pruebas de descargo o de ser escuchado en un proceso adecuado. Esto constituyó una violación al principio del debido procedimiento, ya que se le negó al administrado el derecho a la defensa y a un juicio imparcial.

Principio de Razonabilidad: Proporcionalidad de las Sanciones y Disuasión de Conductas Infractoras
El principio de razonabilidad, basado en el artículo 248, establece que las sanciones administrativas deben ser proporcionales al grado de incumplimiento calificado como infracción. Esto implica considerar criterios como el beneficio ilícito obtenido, la probabilidad de detección, el daño al interés público, el perjuicio económico causado, la reincidencia y la intencionalidad del infractor. La aplicación de sanciones proporcionales busca la justicia y la disuasión de futuras infracciones.
Caso práctico:
En un ejemplo ilustrativo, una entidad administrativa impuso una sanción desproporcionadamente severa a un individuo por una falta menor. La sanción excedió ampliamente la gravedad de la infracción y los daños ocasionados. Esto constituyó una violación al principio de razonabilidad, ya que la sanción resultó más perjudicial para el infractor que cumplir con las normas infringidas.

Principio de Tipicidad: Delimitación de las Conductas Sancionables y Certidumbre Jurídica
El principio de tipicidad, previsto en el artículo 248, establece que solo pueden considerarse conductas sancionables aquellas expresamente previstas en normas con rango de ley. Esto garantiza la certidumbre jurídica y evita la arbitrariedad en la imposición de sanciones, excluyendo la interpretación extensiva o la creación de nuevas infracciones por vía reglamentaria.
Caso práctico:
En un caso relevante, una entidad administrativa intentó imponer una sanción por una conducta que no estaba tipificada como infracción en una ley o reglamento. Sin embargo, la sanción fue anulada porque se consideró que la entidad excedió su poder al intentar imponer una obligación que no estaba prevista en una norma con rango de ley.

Principio de Irretroactividad: Respeto a las Disposiciones Vigentes y Derechos de los Administrados
El principio de irretroactividad, contemplado en el artículo 248, establece que las sanciones administrativas se aplicarán conforme a las disposiciones vigentes en el momento de cometerse la infracción. Esto garantiza el respeto a las disposiciones legales y a los derechos de los administrados, evitando la aplicación retroactiva de normas sancionadoras.
Caso práctico:
En un caso específico, una entidad administrativa intentó imponer una sanción a un individuo por una infracción cometida antes de que la normativa que tipificaba dicha conducta como infracción entrara en vigencia. Sin embargo, se determinó que la norma no podía aplicarse retroactivamente, ya que ello violaría el principio de irretroactividad y los derechos del administrado.
Estos casos prácticos ilustran la aplicación de los principios y su importancia en el contexto de la potestad sancionadora administrativa en el derecho peruano, basados en el artículo 248 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Respetar estos principios es fundamental para garantizar la justicia, la proporcionalidad y el respeto de los derechos de los administrados en el ejercicio de la potestad sancionadora administrativa en el Perú.

Principio de Concurso de Infracciones: Sanción para la Infracción de Mayor Gravedad
Cuando una misma conducta califica como más de una infracción, se aplica la sanción prevista para la infracción de mayor gravedad. Esto evita la imposición de sanciones duplicadas y garantiza una respuesta proporcional a la conducta infractora.
Caso práctico:
Imaginemos un caso en el que un individuo realiza una acción que puede ser considerada tanto una infracción leve como una infracción grave según las disposiciones legales. En este caso, siguiendo el principio de concurso de infracciones, se aplicaría la sanción correspondiente a la infracción de mayor gravedad, evitando la imposición de sanciones múltiples por un mismo acto ilícito.

Principio de Continuación de Infracciones: Plazo para Imposición de Sanciones
Para imponer sanciones por infracciones continuas, se requiere que haya transcurrido un plazo mínimo desde la imposición de la última sanción y que se demuestre que se solicitó al infractor cesar la infracción dentro de dicho plazo. Este principio garantiza que se respete el derecho del infractor a corregir su conducta antes de imponer sanciones adicionales.
Caso práctico:
Supongamos que una empresa ha sido sancionada previamente por una infracción y se le ha solicitado que cese dicha conducta. Sin embargo, continúa cometiendo la misma infracción dentro de un plazo de treinta días hábiles desde la imposición de la última sanción. En este caso, la entidad administrativa estaría facultada para imponer nuevas sanciones, ya que se ha demostrado la continuidad de la infracción y no se ha cumplido con la solicitud de cesarla.

Principio de Presunción de Licitud: Respeto a la Presunción de Inocencia
El principio de presunción de licitud establece que las entidades administrativas deben presumir que los administrados han actuado de acuerdo con sus deberes mientras no cuenten con evidencia en contrario. Esto se basa en la presunción de inocencia y garantiza que los administrados no sean tratados como culpables antes de que se demuestre lo contrario.
Caso práctico:
Imaginemos un escenario en el que una entidad administrativa acusa a un individuo de haber cometido una infracción sin contar con pruebas fehacientes que respalden dicha acusación. En este caso, se debe respetar el principio de presunción de licitud y otorgar al individuo el beneficio de la duda, considerándolo inocente hasta que se presente la evidencia que demuestre su culpabilidad.

Principio de Culpabilidad: Responsabilidad Subjetiva
El principio de culpabilidad establece que la responsabilidad administrativa es subjetiva, a menos que la ley o el decreto legislativo dispongan lo contrario. Esto significa que, en general, las sanciones administrativas deben basarse en la culpabilidad del infractor, considerando factores como la intencionalidad o negligencia en la comisión de la conducta infractora.
Caso práctico:
Supongamos que un individuo ha sido acusado de una infracción administrativa, pero se demuestra que dicha conducta fue realizada sin intención o de manera negligente. En este caso, se debe aplicar el principio de culpabilidad y considerar la falta de intencionalidad o la negligencia como elementos que disminuyen la responsabilidad del infractor.

Principio de Non bis in idem: Evitar Doble Sanción
El principio de non bis in idem establece que no se pueden imponer sucesiva o simultáneamente una pena y una sanción administrativa por el mismo hecho, siempre y cuando se aprecie la identidad del sujeto, el hecho y el fundamento. Esto busca evitar que una persona sea sancionada varias veces por el mismo acto ilícito, tanto en el ámbito penal como en el administrativo.
Caso práctico:
Imaginemos un caso en el que una persona ha sido condenada penalmente por un delito y, posteriormente, la entidad administrativa intenta imponer una sanción administrativa por el mismo hecho. En este escenario, se debe aplicar el principio de non bis in idem y evitar la imposición de una doble sanción por un mismo acto ilícito.
Estos casos prácticos ilustran la aplicación de los principios en el contexto de la potestad sancionadora administrativa en el derecho peruano, basados en el artículo 248 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Respetar estos principios es fundamental para garantizar la justicia, la proporcionalidad y el respeto de los derechos de los administrados en el ejercicio de la potestad sancionadora administrativa en el Perú.

En conclusión, el cumplimiento de los principios fundamentales en la potestad sancionadora administrativa en el derecho peruano asegura un ejercicio adecuado de esta potestad, protegiendo los derechos de los administrados y promoviendo la justicia y la proporcionalidad en la imposición de sanciones. Como abogados y estudiantes de derecho, es crucial comprender y aplicar estos principios en la práctica jurídica, contribuyendo así a un sistema administrativo transparente y equitativo en el Perú.
Referencias:
Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Constitución Política del Perú.
Jurisprudencia relevante en materia de potestad sancionadora administrativa en el Perú.